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vie, 15 nov 2013- 00:00
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SUBVENCIONES SOBRE MEDIDAS DE APOYO A EMPRESARIOS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA PARA LA CONCILIACIÓN DE SU VIDA LABORAL Y FAMILIAR

El día 4 de noviembre de 2013 se ha publicado en el DOE el Decreto 199/2013, de 29 de octubre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones sobre medidas de apoyo a empresarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la conciliación de su vida laboral y familiar y la primera convocatoria de las mismas.
 
Estas ayudas están destinadas a favorecer la conciliación de la vida laboral y familiar de aquellas personas que habitualmente realizan en Extremadura una actividad por cuenta propia, bajo la forma de autónomo y confían el cuidado de sus hijos en centros educativos infantiles.
 
 
Se consideran gastos subvencionables el coste económico en el que incurra el autónomo a la hora de dejar el cuidado del menor o menores en el centro infantil, generados durante el período de tiempo que anualmente se establezca en las órdenes de convocatoria. En ningún caso se considerarán como subvencionables los gastos incurridos con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda y además se establece un límite máximo de gasto subvencionable de 1.500 € y un mínimo de gasto de 600 €.
 
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los empresarios dados de alta en el Régimen General de Trabajadores Autónomos , que sean padres o tutores legales de un menor, con el que convivan, con una edad comprendida entre los 0 y los 8 años, y dejen el cuidado de sus hijos o tutelados en un centro educativo infantil de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
           
Así mismo, la persona beneficiaria deberá cumplir el siguiente requisito en el momento de presentar la solicitud:
 
·                          Familias hasta dos hijos: No superar la renta disponible en el hogar anualmente la cantidad de 37.275 €.
·                          Familias con tres hijos: No superar la renta disponible en el hogar anualmente la cantidad de 41.000 €.
·                          Familias con cuatro hijos: No superar la renta disponible en el hogar anualmente la cantidad de 44.730 €.
·                          Familias con 5 o más hijos: No superar la renta disponible en el hogar anualmente la cantidad de 48.460 €.
 
Las ayudas consistirán en una subvención del 50% del coste total subvencionable. Se establece una subvención máxima por unidad familiar de 750 €.
 
El plazo de presentación de la solicitud es hasta el día 4 de diciembre de 2013.

La personas interesadas pueden consultarnos y tramitar su ayuda en la Oficina Municipal de Promoción Empresarial y Empleo de nuestro Ayuntamiento. Tlf.: 92454 4368.e-mail: aedlcristina@lossantosdemaimona.org.
 
Más información en los enlaces:
 
 
 
OFICINA MUNICIPAL DE PROMOCIÓN EMPRESARIAL Y EMPLEO
Los Santos de Maimona, 14 noviembre de 2013

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C/ Dr. Fernández Santana, 1. Tlf.: 924 544 368 - Fax: 924 571 015 - 6230 Los Santos de Maimona (Badajoz)
info@lossantosdemaimona.org

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