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sáb, 07 nov 2020- 00:00
Noticias de Prensa

NUEVAS MEDIDAS DE CONTROL DE AFOROS EN TODA EXTREMADURA PARA LA CONTENCIÓN DE LA PANDEMIA

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Las nuevas restricciones de aforo establecidas por la junta de Extremadura entran en vigor a las 00.00 horas del 8 de noviembre (esta misma noche) y en principio se mantendrán hasta el hasta las 24.00

horas del 21 de noviembre
 
 El Diario Oficial de Extremadura de este sábado 7 de noviembre ya recoge las nuevas medidas excepcionales que se han de respetar para la contención de la pandemia COVID-19 en toda la comunidad autónoma, declarada en nivel de alerta 3.
 
Los datos epidemiológicos en las últimas semanas confirman que la tasa de contagios en nuestra región se ha ido incrementando paulatinamente, y se ha hecho necesario implementar medidas de amplio espectro territorial encaminadas a reducir las interacciones sociales en los ámbitos familiar y social y en aquellos sectores de actividad donde puede existir un mayor riesgo de contagio.
 
En este caso, las medidas publicadas están destinadas fundamentalmente al control y reducción de aforos. Estarán activas al menos durante 14 días: entran en vigor a 00.00 horas de este 8 de noviembre (esta misma noche) y se mantendrán hasta el hasta las 24.00 horas del 21 de noviembre.
 
En cualquier caso, se mantiene un máximo de 6 personas en las reuniones, tanto en espacios públicos como privados.
 
Hostelería
 
La hostelería deberá reducir el aforo al 40% de su capacidad dentro del local y al 50% en terrazas. No se podrá consumir en la barra, en las mesas no habrá más de 6 personas y se permite el encargo en el propio establecimiento de comida y bebida para llevar.
 
Siempre deberá asegurarse que se mantiene la debida distancia de seguridad interpersonal entre las mesas o agrupaciones de mesas, con el límite máximo de seis personas en los dos casos.
 
Bodas bautizos y comuniones
 
En las ceremonias nupciales y otras celebraciones religiosas o civiles en todo tipo de instalaciones públicas o privadas no podrá superarse el 25% del aforo y el límite máximo será de 100 personas en espacios al aire libre y de 50 en espacios cerrados. En los bautizos y comuniones el límite máximo de personas será de 30 personas en los espacios al aire libre y de 15 en los espacios cerrados.
 
En las celebraciones que pudieran tener lugar tras la ceremonia en establecimientos de hostelería y restauración se aplicarán las limitaciones establecidas para estos establecimientos, pero se establece un límite máximo de 100 personas, en el caso de las bodas, y de 30 personas en las comuniones y bautizos.
 
Por su parte, en las celebraciones que se realicen fuera de los establecimientos de hostelería y restauración se establece un límite máximo de 100 personas al aire libre y de 50 en espacios cerrados. En el caso de los bautizos y comuniones el límite máximo será de 15 personas.
 
Lugares de culto
 
La limitación en los lugares de culto es del 25%. Los velatorios se restringen a 10 personas tanto en espacios cerrados como al aire libre, y en la comitiva para el enterramiento o en la despedida para la cremación tampoco podrán participar más de 15 personas.
 
Comercios y espacios públicos
 
Se restringe al 40% el aforo en los comercios, al 30% en el mercadillo, los parques y las zonas comunes de los centros comerciales
 
En las instalaciones deportivas, tanto cubiertas como al aire libre, el aforo se limita al 3º% de su capacidad, y en ningún caso podrá haber público en ellas. Esta misma limitación del 30% se aplica el los gimnasios y piscinas.
 
Ocio
 
El aforos de en bibliotecas, archivos, museos y exposiciones se restringe al 35%; en cines y teatros al 50% con un máximo de 200 personas. En los espectáculos taurinos los asientos estarán preasignados, y el aforo será del 35% y un máximo de 200 personas.
 
El turismo activo se limita a grupos de 10 personas y la enseñanza no reglada al 35%.
 

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