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mié, 13 ene 2021- 00:00
Noticias de Prensa

NUEVAS MEDIDAS PUBLICADAS PARA CONTENER LA PROPAGACIÓN DE LA COVID-19

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El Diario Oficial de Extremadura del miércoles 13 de enero de 2021 recoge los decretos con las distintas medidas adoptadas por el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura ese mismo día con el objetivo de contener la propagación del coronavirus.
Cierre perimetral
La Junta de Extremadura ha decretado el cierre perimetral de todos los municipios extremeños. Desde las 00.00 horas de este 14 de enero, y al menos durante una semana (hasta las 24.00 horas del 20 de enero), solo podrán realizarse desplazamientos entre las localidades por causas justificadas que aparecen en el decreto, como pueden ser sanitarias, laborales, educativas o administrativas, entre otras actuaciones contempladas en el documento.
Cierre de la hostelería y comercio no esencial
Todos los municipios y ciudades extremeñas con más de 5.000 habitantes, entre las que se encuentra Los Santos de Maimona, independientemente de su incidencia acumulada, cierran la actividad de hostelería, restauración y comercio que no sea esencial.
·        HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
Se ha procedido al cierre de los establecimientos que desarrollen las actividades de hostelería y restauración. No obstante, hasta las 22.00 horas se permitirá el servicio de recogida en el local para consumo a domicilio y, hasta las 00.00 horas, podrá prestarse el servicio de entrega a domicilio.
Las excepciones en estos sectores son:
- Los restaurantes de los establecimientos de alojamiento turístico para uso exclusivo de sus clientes.
- Los servicios de restauración integrados en centros sanitarios, sociosanitarios y sociales, los comedores escolares, los de centros formativos y de trabajo para el servicio exclusivo de sus usuarios.
- Los servicios de restauración de los establecimientos de suministro de combustible o centros de carga o descarga o los expendedores de comida preparada.
·        CIERRE DE LA ACTIVIDAD COMERCIAL NO ESENCIAL
Se cierra la actividad comercial minorista no esencial excepto:
- Establecimientos de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad y productos higiénicos.
- Farmacias, establecimientos de prensa, librerías y papelerías, combustible, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, productos sanitarios y fitosanitarios, floristerías y ferreterías.
El resto de los establecimientos que desarrollen una actividad cuyo cierre se haya acordado, podrán ejercer su actividad a través de cualquier modalidad de venta a distancia, pero no se permite la recogida en tienda.
Los mercadillos o la venta ambulante sólo podrán efectuarse si se presta un servicio esencial permitido, así como no podrán realizar su actividad los locales y establecimientos de apuestas.
También cierran de los espectáculos públicos y otras actividades de ocio como pueden ser los festejos taurinos, circos los parques de ocio y atracciones, los centros de ocio y tiempo libre de la población infantil y juvenil.
Estas dos medidas (cierre perimetral y de cierre de la actividad no esencial) estarán en vigor por un período inicial de siete días (hasta las 24.00 horas del miércoles 20 de enero), sujeto a revisión, en función de la evolución de la situación epidemiológica en Extremadura.
Nivel de alerta 3 agravado
Desde el 13 de enero, en toda Extremadura se ha prorrogado durante 28 días el nivel de alerta 3 agravado, que conlleva:
- Toque a las 22.00 horas.
- 30% del aforo en los locales comerciales.
- El aforo de la hostelería en el interior sigue siendo del 40% y hasta el 50% en el exterior, con un máximo de 4 personas por mesa; y los hoteles y los alojamientos rurales se mantienen al 35%.
Todas estas medidas han sido publicadas en un suplemento en el Diario Oficial de Extremadura del miércoles 13 de enero de 2021.

 

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